SUBVENCIONES JCYL PARA FOMENTAR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y PARA LA CONCILIACION DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL (2021)

SUBVENCIONES JCYL PARA FOMENTAR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y PARA LA CONCILIACION DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL (2021)

La Junta de Castilla y León convoca para el año 2021, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones dirigidas a fomentar la implantación de medidas que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral

  • QUIEN LO PUEDE SOLICITAR

Empresas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y personas físicas empleadoras, que realicen alguna de las actuaciones subvencionables, en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.

  • ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos los que de manera respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su adecuada ejecución, se generen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, hayan sido abonados antes de la finalización del plazo de justificación y se ajusten a los criterios generales y criterios específicos de subvencionabilidad.

Serán subvencionables las actuaciones que se encuadren dentro de alguna de las siguientes líneas de actuación:

Línea 1. Planes y acciones de igualdad

Acciones que promuevan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral través de la implantación de planes y acciones de igualdad: Implantación del plan de igualdad de la empresa, realizar estudios diagnósticos de la situación de igualdad de oportunidades, acciones que mejoren la situación de la mujer en la empresa, etc.

Línea 2. Conciliación de la vida personal, laboral y familiar

Flexibilidad y adaptación de horarios y jornada (jornada intensiva, entrar o salir antes, compensación de días…), implantación de permisos especiales en casos de necesidades familiares, implantación de teletrabajo, etc.

No serán subvencionables las medidas derivadas de la aplicación de los mínimos establecidos en la legislación laboral o en convenios colectivos con vigencia anterior a la fecha en la que se solicita la subvención.

  • CUANTÍA

La cuantía máxima de la subvención a conceder, será de:

a) Hasta 10.000€ si el proyecto aprobado incluye al menos una de las acciones recogidas en la Línea 1.

b) Hasta 2.500€ si el proyecto aprobado incluye al menos una de las acciones recogidas en la Línea 2.

c) Hasta 12.500€ si el proyecto aprobado incluye tanto al menos una acción de la Línea 1, como al menos una acción de la Línea 2.

  • PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 15 de junio de 2021 hasta el 12 de julio de 2021

 

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ;  correo electrónico administracion@euronetasesores.com