Subvenciones destinadas al Sector Turístico en Castilla y León

Subvenciones destinadas al Sector Turístico en Castilla y León

La Junta de Castilla y León, convoca en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a mejorar la calidad del Sector Turístico.


1.BENEFICIARIOS

  1. Personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos de alojamiento y/o restauración.
  2. Agencias de viajes.
  3. Empresas de turismo activo.

Siempre que el establecimiento para el que se solicite la subvención esté inscrito en el Registro de Turismo de Castilla y León, al menos 12 meses antes de la solicitud.


2.GASTOS SUBVENCIONABLES

1. Para alojamientos turísticos o de restauración:

  • Obras de insonorización, incluidos ventanas.
  • Instalación de ascensor.
  • Obras de accesibilidad para personas de movilidad reducida.
  • Obras para la instalación de energías que no contaminen, ahorro energético, de agua, etc.
  • Instalación de sistemas de climatización interior y/o aire acondicionado.
  • Reforma de baños.
  • Adquisición de mobiliario y decoración integral que mejore la calidad del establecimiento o esté dirigida al cambio de categoría del establecimiento.
  • Instalación de wifi en todas las habitaciones y zonas comunes.
  • Gastos en equipos y aplicaciones informáticas para procesos de gestión, información y comercialización.

2. Para Agencias de viajes:

  • Inversión necesaria para obtener y mantener certificados de sistemas de gestión de calidad.
  • Creación y puesta en funcionamiento centrales de reservas y otros canales de comercialización online.
  • Desarrollo de las TIC (tecnología de la información) en la gestión, promoción y comercialización de oferta turística.
  • Diseño, maquetación e impresión de folletos o catálogos.

3. Para empresas de Turismo Activo:

  • Obras de accesibilidad para personas de movilidad reducida.
  • Gastos en equipos y aplicaciones informáticas para procesos de gestión, información y comercialización.
  • Adquisición de material equipamiento específico relacionados con proyectos de actividades de turismo activo.

3. CUANTÍA

Puede alcanzar hasta el 75% de la inversión aprobada, y, será proporcional a la puntuación obtenida. El límite máximo es de 50.000 euros.

NO son subvencionables las actuaciones para las que el importe a conceder sea inferior a 3.000 euros, o, el importe de la inversión aprobada sea inferior a 9.000 euros.

Las actuaciones subvencionables se deben ejecutar en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de abril de 2022.


4. PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 1 de diciembre de 2021 hasta el 20 de diciembre de 2021.


5. CONTACTO

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ;  correo electrónico info@euronetasesores.com