Subvenciones a la mejora de eficiencia energética en el sector industrial JCYL

Subvenciones a la mejora de eficiencia energética en el sector industrial JCYL

La Junta de Castilla y León, convoca subvenciones destinadas al sector industrial, cuyas actuaciones reduzcan la emisión de dióxido de carbono y consumo de energía final mediante la mejora de la eficiencia energética.


1.BENEFICIARIOS

Empresas que pertenezcan al sector industrial.

Empresas de servicios energéticos.


2. PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Las actuaciones deberán realizarse en Castilla y León, con independencia del domicilio social de la empresa instaladora.

Serán subvencionables dos tipos de proyectos:

– Actuación 1 MEJORA DE LA TECNOLOGÍA EN EQUIPOS Y PROCESOS INDUSTRIALES:

Son subvencionables inversiones en sustitución de equiposinstalaciones, o sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2. Las actuaciones deben cumplir con la legislación vigente que les afecte para el cálculo y desarrollo de las medidas de eficiencia energética. En el caso de no existir normativa o legislación aplicable se utilizará la mejor tecnología disponible (MDT) de ahorro y eficiencia energética. El ratio económico-energético máximo será de 14.379€ (inversión elegible) / tep (ahorro energía final en un año).

La cuantía del coste subvencionable deberá ser superior a 200.000 euros.

– Actuación 2 IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN ENERGÉTICA:

Son subvencionables inversiones para la implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2, siempre que cumplan con los requisitos de eficiencia energética: el ratio económico – energético máximo será de 14.501€ (inversión elegible) / tep (ahorro de energía final en un año), cumplir con la norma UNE-EN ISO 50001 relativa a los sistemas de gestión energética o la que en su lugar la sustituya, cumplir con la legislación vigente que les afecte para el cálculo y desarrollo de las medidas de eficiencia energética. En el caso de no existir normativa o legislación aplicable se utilizará la mejor tecnología disponible (MDT) de ahorro y eficiencia energética.

La cuantía del coste subvencionable deberá ser superior a 30.000 euros.


3. OBLIGACIONES DEL SOLICITANTE

La empresa solicitante deberá estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y Seguridad Social, así como con la comunidad de Castilla y León.

Deberá destinar el importe de la subvención a las finalidades para las que se otorga, y no transmitir los bienes objeto de la subvención durante un periodo de 5 años, si son bienes inscritos en el registro público, o, 3 años para el resto de bienes.


4. CUANTÍA

La cuantía a percibir en caso de cumplir con todos los requisitos, oscilará entre el 30% y el 55% sobre la inversión elegible, dependiendo de la naturaleza de la inversión, del tamaño de la empresa, y del municipio donde se encuentre.


5. PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación comienza el 12 de febrero de 2020 y finaliza el 30 de junio de 2023.


6. CONTACTO

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ;  correo electrónico info@euronetasesores.com