SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA REALIZACIÓN DE INVERSIONES PARA LA MEJORA DE LOS LUGARES DE TRABAJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO DE CASTILLA Y LEÓN (2025)

SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA REALIZACIÓN DE INVERSIONES PARA LA MEJORA DE LOS LUGARES DE TRABAJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO DE CASTILLA Y LEÓN (2025)

La Junta de Castilla y León convoca en régimen de concesión directa subvenciones para mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral de los trabajadores.

1. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

Personas físicas, personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica legalmente constituidas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Centro de trabajo en Castilla y León
  • Contar con al menos un trabajador por cuenta ajena
  • No haber sido sancionado en materia de prevención de riesgos laborales
  • No estar incurso en las prohibiciones establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Cumplir con la normativa sobre integración laboral
  • Contar con un plan de igualdad si está obligada a ello

2. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  1. Inversiones destinadas a ofrecer seguridad frente a los riesgos presentes en los lugares de trabajo:

a) En las condiciones constructivas de los lugares de trabajo cerrados:

• Suelos, aberturas, desniveles, y barandillas.

• Tabiques, ventanas y vanos.

• Vías de circulación internas.

• Puertas y portones.

• Rampas, escaleras fijas y de servicio.

• Adaptaciones para trabajadores con discapacidad.

b) La iluminación de los lugares de trabajo cerrados

c) Las condiciones ambientales de los lugares de trabajo cerrados

  1.  Inversiones en los servicios higiénicos, locales de descanso y locales de primeros auxilios de los lugares de trabajo: En los vestuarios, duchas, lavabos y retretes; en los locales de descanso, y en los locales de primeros auxilios.
  1. Inversiones encaminadas a facilitar la adopción de las medidas sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

Las inversiones deberán estar efectuadas y pagadas entre el día 3 de septiembre de 2024 y el día 31 de julio de 2025, ambos inclusive.

3. CUANTÍA

La cuantía de la subvención será el 85% de los gastos subvencionables, no pudiendo en ningún caso superar el importe de 30.000 € por centro de trabajo.

4. PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 19 de mayo de 2025 hasta el 18 de junio de 2025.

5. CONTACTO

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ;  correo electrónico info@euronetasesores.com