SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MODERNIZACION, DIGITALIZACION Y MEJORA

SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MODERNIZACION, DIGITALIZACION Y MEJORA

La Junta de Castilla y León convoca en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para financiar proyectos de modernización, digitalización y mejora de la gestión en comercios.

1. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas dentro del período establecido, y cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar dado de alta en alguno de los siguientes CNAE:

I: división 47, excluidos los siguientes:

     a. Clase 47.26.- Comercio al por menor de productos del tabaco en establecimientos especializados.

     b. Clase 47.30.- Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.

     c. Clase 47.73.- Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados.

    d. Grupo 47.8.- Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.

    e. Grupo 47.9.- Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.

         II. Clase 74.20.- Actividades de fotografía.

III. Clase 82.19.- Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina.

IV. Clase 95.11.- Reparación de ordenadores y equipos periféricos.

V. Clase 95.12.- Reparación de equipos de comunicación.

VI. Clase 95.22.- Reparación de aparatos electrodomésticos y de equipos para el hogar y jardín.

VII. Clase 95.23.- Reparación de calzado y artículos de cuero.

VIII. Clase 95.24.- Reparación de muebles y artículos de menaje.

IX. Clase 95.25.- Reparación de relojes y joyería.

X. Clase 95.29.- Reparación de otros efectos personales y artículos de uso doméstico.

XI. Clase 96.01.- Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel.

XII. Clase 96.02.- Peluquería y otros tratamientos de belleza.

  • Se debe cumplir con el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar que se ha cumplido con los requisitos y condiciones
  • Encontrarse al corriente de pago
  • Mantener la actividad en el establecimiento en el cual se ejecutó el proyecto durante al menos 2 años desde la resolución de concesión.

2. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad subvencionable
  • Digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
  • Ambas a la vez

Los gastos subvencionables podrán ser los siguientes:

  • Auditoria energética y/o auditoría ambiental
  • Redacción de proyectos técnicos y dirección facultativa de los trabajos
  • Obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior del establecimiento, que afecten al acondicionamiento, distribución, protección y seguridad de la imagen de este
  • La adquisición y/o instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos
  • La adquisición y/o instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad subvencionable.
  • El hardware, el software, el mobiliario tecnológico y los servicios de apoyo necesarios para la implementación de herramientas o soluciones tecnológicas vinculadas con la gestión de la actividad (clientes, proveedores, automatización de operaciones, ciberseguridad, control de stock…), la comercialización (páginas web, tiendas online…) y la mejora de la experiencia de compra en el entorno físico o digital (gestión de turnos, procesos de pagos, puntos de entrega inteligentes…)

No serán subvencionables los gastos de cuantía individual igual o inferior a 100,00 euros.

3. CUANTÍA

El 75% de los gastos subvencionados con los siguientes límites:

  • No son subvencionables proyectos con un presupuesto inferior a 2.000€
  • El presupuesto máximo aceptado será de 40.000€.

4. PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 30 de abril de 2025 hasta el 14 de mayo de 2025.

5. CONTACTO

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ;  correo electrónico info@euronetasesores.com