SUBVENCIONES JCYL PROGRAMA I: CONTRATACION INDEFINIDA ORDINARIA (2020-2021)

SUBVENCIONES JCYL PROGRAMA I: CONTRATACION INDEFINIDA ORDINARIA (2020-2021)

La Junta de Castilla y León convoca para el año 2021, en régimen de concesión directa, las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a fomentar el empleo estable por cuenta ajena en la Comunidad de Castilla y León a través de cuatro programas.

A continuación, detallamos el programa I:

  • OBJETO

Fomentar la formalización de contratos indefinidos ordinarios a tiempo completo con personas desempleadas incluidas en alguno de los colectivos destinatarios.

  • QUIEN LO PUEDE SOLICITAR

Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica.

  • PARA QUE ES LA AYUDA

Serán subvencionables las contrataciones que cumplan los requisitos y cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 1 de octubre de 2020 y 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive. La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

  1. Menores de 35 años de edad.
  2. Personas desempleadas de larga duración
  3. Personas de 45 o más años de edad.

 

  • REQUISITOS

Tener menos de 100 trabajadores de alta.

Asimismo, el índice de temporalidad de las empresas, entidades o trabajadores por cuenta propia solicitantes ha de ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.

El cumplimiento del índice de temporalidad no se exigirá a las empresas, entidades o trabajadores por cuenta propia), cuya plantilla sea inferior a 10 trabajadores.

En el año anterior a la fecha de inicio de la contratación, contado de fecha a fecha, no se deben haber producido bajas por extinción de relaciones laborales de trabajadores fijos, salvo causas excepcionales.

A la fecha de inicio de la contratación, ésta deberá suponer un incremento sobre la plantilla media de la empresa, entidad o trabajador por cuenta propia solicitante, de los 6 meses inmediatamente anteriores a dicha fecha.

No serán subvencionables las contrataciones formalizadas con trabajadores que en los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la misma hubieran mantenido relación laboral de algún tipo con la empresa o entidad solicitante.

  • CUANTÍA

La cuantía de la subvención por la formalización de cada contratación subvencionable será de 4.000 euros.

Se podrá incrementar este importe en casos específicos, por ejemplo, mujeres y personas con discapacidad se incrementaría 1.500 euros.

  • PLAZO DE SOLICITUD

Si la contratación se ha iniciado entre el 1 de octubre de 2020 y el 14 de junio de 2021, ambos inclusive: DESDE EL 15 DE JUNIO AL 17 DE AGOSTO DE 2021.

Si la contratación se inicia a partir del 15 de junio de 2021: DOS MESES desde la fecha de inicio de la contratación, con el límite del 15 DE OCTUBRE DE 2021.

 

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ; correo electrónico administracion@euronetasesores.com