Subvenciones destinadas a la rehabilitación de viviendas

Subvenciones destinadas a la rehabilitación de viviendas

La Junta de Castilla y León, convoca en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a la rehabilitación de viviendas relacionadas con la mejora de la conservación, seguridad y accesibilidad a ellas.

1. REQUISITOS

Pertenecer a uno de los siguientes grupos:

a) Comunidades de propietarios.

b) Personas físicas propietarias de una vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila. Los ingresos de la unidad de convivencia residente en la vivienda no puede superar 5 veces el IPREM (IPREM 2021 con las pagas extraordinarias sin prorratear: 564,9€/mes).

Las viviendas deberán constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios y, deberían haber estado finalizadas antes de 1996.

c) Personas físicas que sean propietarias de viviendas situadas en edificios de tipología residencial colectiva, solamente cuando se traten de obras destinadas a mejorar la accesibilidad y en el supuesto que resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años.

Las viviendas deberán tener al menos un 70% de su superficie construida sobre rasante (excluida la planta baja si tiene otros usos) un uso residencial, y, al menos el 70% de las viviendas constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Las viviendas deberían haber estado finalizadas antes de 1996.

2. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

1.Actuaciones relacionadas con la conservación de viviendas:

  • Las relacionadas a conservar la cimentación y estructura.
  • Las que se realicen en instalaciones comunes de electricidad, fontaneria, gas, saneamiento, telecomunicaciones, etc, con el objetivo de que se adapten a la normativa actual. Exclusivamente para edificios de tipología residencial colectiva.
  • Las relacionadas con la conservación de azoteas, fachadas, cubiertas, medianerías, etc. Se incluyen procesos de desamiantado.

2.Actuaciones relacionadas con seguridad y accesibilidad:

  • Instalación de ascensores, rampas o cualquier otro dispositivo que facilite el acceso a personas mayores o con discapacidad. Es necesario que en el edificio resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
  • Instalación de elementos como videoporteros, señales luminosas o sonoras en la zona de escalera o ascensor.
  • Instalación de grúas o artefactos que permitan el acceso de personas con discapacidad a otras partes del edificio o vivienda, como patio, zonas deportivas, etc.

No serán subvencionables las actuaciones que supongan una reforma integral del edificio o vivienda.

3. CUANTÍA DE LA AYUDA

La cuantía a conceder será la menor de los siguientes límites:

a) Cuando se solicita para conservación: 2.000€ por vivienda o 30€ por metro cuadrado de superficie construida en local comercial.

b) Cuando se solicita para mejora de seguridad y accesibilidad, o, conjuntamente mejora de seguridad y conservación: 6.000€ por vivienda o 80€ por metro cuadrado de superficie construida en local comercial.

c) Cuando se realizan actuaciones en el interior de las viviendas: 2.000€

d) El 40% de coste de actuación subvencionable.

 

4. PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 10 de noviembre de 2021 hasta el 10 de diciembre de 2021.

5. CONTACTO

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ;  correo electrónico info@euronetasesores.com